Eddy Valdivia A. pasará 11 meses en prisión tras incumplir el pago de pensiones alimenticias devengadas y reparación civil. Sujeto se encontraba en periodo de prueba de un año tras ser sentenciado por omisión a la asistencia familiar, sin embargo, no cumplió con condiciones.
SENTENCIA. El caso se originó luego de que Eddy Valdivia fuera hallado responsable del delito de omisión a la asistencia familiar.
En un primer momento el juzgado le otorgó el beneficio de reserva del fallo condenatorio por un periodo de prueba de un año.
Esta medida estaba condicionada al cumplimiento de reglas de conducta estrictas, entre ellas el pago de sus obligaciones económicas y la comparecencia periódica para justificar sus actividades. Sin embargo, el sentenciado no cumplió con lo dispuesto.
De acuerdo con la sustentación del fiscal Wilfredo Rigabi Sánchez Vera, tenía una deuda de 1000 soles por pensiones alimenticias devengadas, además de S/300 de reparación civil, montos que debían cancelarse en cuatro cuotas.
Ante la documentación presentada y los argumentos, el juzgado declaró fundada la solicitud de revocatoria de la suspensión de su condena, presentada por la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Caravelí.
DEUDAS ALIMENTARIAS. El incumplimiento de obligaciones alimentarias en el país, un delito que puede derivar en sanciones privativas de libertad cuando el responsable desacata mandatos judiciales.
La omisión a la asistencia familiar constituye una de las denuncias recurrentes en el sistema judicial peruano, especialmente cuando se vulneran derechos económicos de menores y familias dependientes.
Con esta decisión, el Poder Judicial dispuso que el condenado sea trasladado a un establecimiento penitenciario que será determinado por el INPE, marcando un precedente sobre las consecuencias legales de incumplir compromisos alimentarios pese a contar con oportunidades judiciales para regularizar la deuda.